Esta ley fue promulgada el 30 de enero de 1938 por la cual se organiza la Administración Central del Estado. Se disponía en ella que, a partir de la promulgación de la misma, la Administración quedaría organizada en departamentos ministeriales, al frente de los cuales habría un ministro asistido de un subsecretario. La Presidencia del Gobierno quedaba vinculada al Jefe del Estado, y que éste, con sus ministros, constituía el Gobierno de la nación. V. Gobierno (zona nacionalista)
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